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Ley General de la Asociación Internacional de Presupuesto Público

La Ley 493 de 1999 en Colombia, Asociación Internacional de Presupuesto Público

El presupuesto es un instrumento que permite cumplir con los planes y programas de desarrollo económico y social El presupuesto constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones (gastos) que, como máximo, pueden reconocer y los derechos (ingresos) que prevean liquidar durante el correspondiente ejercicio (anual).

Asociacion internacional de presupeusto público
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Ver o Consultar La Ley 493 de 1999 en Colombia, Asociación Internacional de Presupuesto Público

(enero 21)

Diario Oficial No. 43.483, de 22 de enero de 1999

Por medio de la cual se autoriza la vinculación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General de Presupuesto a la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) y se dictan otras disposiciones.

EL CONGRESO DE COLOMBIA

DECRETA:

ARTICULO 1o. Se autoriza la vinculación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público – Dirección General de Presupuesto Nacional, como socio adherente de la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) y se aprueba el Estatuto de dicha organización.

ARTICULO 2o. Las cuotas de contribución, ordinarias y extraordinarias, como miembro del organismo, estarán a cargo de la Nación – Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

ARTICULO 3o. La Asociación Colombiana de Derecho Público Presupuestario podrá ser organismo asesor de la Dirección General del Presupuesto Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público en las materias a que se refiere esta ley. En desarrollo de esta asesoría la Nación podrá suscribir cualquier tipo de actos jurídicos con dicha asociación.

ARTICULO 4o. La presente ley rige a partir de la fecha de su públicación.

El Presidente del honorable Senado de la República, FABIO VALENCIA COSSIO. El Secretario General del honorable Senado de la República, MANUEL ENRIQUEZ ROSERO. El Presidente de la honorable Cámara de Representantes, EMILIO MARTINEZ ROSALES. El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes, GUSTAVO BUSTAMANTE MORATO. REPUBLICA DE COLOMBIA – GOBIERNO NACIONAL PUBLIQUESE Y EJECUTESE. Dada en Santa Fe de Bogotá, D. C., a los … ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Relaciones Exteriores, GUILLERMO FERNANDEZ DE SOTO. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, JUAN CAMILO RESTREPO SALAZAR.

La Ley 493 de 1999 en Colombia, Asociación Internacional de Presupuesto Público. Fuente tomada de www.secretariasenado.gov.co

Presupuesto Público

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