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PAGO IMPUESTOS SOBRE VEHÍCULOS EN BOGOTÁ
Publicado en 26. nov, 2010 por samadi
LIQUIDADOR PAGO DE IMPUESTOS SOBRE VEHÍCULOS AUTOMOTORES
Esta es una herramienta que ponemos a disposición del usuario, que le permite liquidar el impuesto para vehículos modelos 2009 y anteriores, para los vehículos modelo 2010 utilice como base gravable el valor registrado en su factura de compra sin tener en cuenta el IVA, y aplique la tarifa correspondiente.
Formulario en línea de liquidación Impuesto para Vehículos de Bogotá
Para liquidar el impuesto vehículos en Bogotá en línea, puede utilizar el formulario disponible más abajo donde sólo deberá ingresar el año de la vigencia, modelo, tipo de servicio del vehículo (Paticular o Público) y el tipo del mismo (Automóviles – camperos – camionetas, Motocicletas – motocarros, Servicio de carga, Transporte colectivo de pasajeros).

Opciones Formulario de Liquidación de Impuestos Vehículos en Bogotá, Secretaría Distrital de Hacienda
Cuando usted digita la placa de su vehiculo, el sistema arroja la informacion de los años que usted canceló por concepto de Impuestos de Vehiculos, como lo podrá observar en la imagen.
Qué es un impuesto?
Es una clase de tributo que se cobra al contribuyente sin consideración a un beneficio directo recibido del Estado, pues tiene como fundamento específico la obligación de la persona de cooperar para la realización del bien común.
Qué es Impuesto sobre vehículos automotores?
El impuesto sobre vehículos automotores es un tributo que grava la propiedad o posesión de los vehículos matriculados en Bogotá. Los propietarios y poseedores lo deben declarar y pagar una vez al año.
El impuesto se causa el 1º de enero de cada año y su período es anual comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del respectivo año.
Tablas y resoluciones para la liquidación del impuesto sobre vehículos automotores 2010
Para liquidar el impuesto sobre vehículos, se debe tomar el valor del avalúo comercial del vehículo de acuerdo con las características del mismo (marca, modelo, cilindraje, línea) establecido en la Resolución del Ministerio de Transporte para cada año, en el caso del año 2010 el avalúo se estableció mediante las resoluciones No. 5960 y 5961 de 2009.
A dicho valor se aplica la tarifa que corresponda según la tabla de tarifas y el resultado de ésta operación es el valor del impuesto sobre vehículos.
Adicionalmente se deben liquidar los derechos de SEMAFORIZACIÓN.
En el evento que desee realizar la liquidación de su impuesto directamente, puede hacerlo siguiendo las instrucciones que se encuentra al respaldo del formulario o solicitar la liquidación en cualquiera de los puntos de atención personalizada de la Dirección Distrital de Impuestos
Para la liquidación de Automóviles, camperos y Station Wagons, consulte los siguientes archivos:
ANEXO AUTOMOVILES RESOLUCION 5960 NOVIEMBRE 30 DE 2009-1
ANEXO AUTOMOVILES RESOLUCION 5960 NOVIEMBRE 30 DE 2009
Entidades bancarias autorizadas
Para realizar el pago de su impuesto de su vehiculo tenga en cuenta las entidades bancarias con canales virtuales para pago, relacionadas en el cuadro dispuesto en el siguiente vínculo y las entidades autorizadas para el recaudo de manera presencial.
Bancos autorizados para pagos electrónicos
Si desea realizar el pago de sus impuestos distritales por medios electrónicos (cajeros automáticos, sistemas de audio respuesta o Internet), las siguientes son las entidades que han habilitado el servicio:
Banco de Bogotá
ATH
3820000
www.bancodebogota.com.co
Banco de Occidente
ATH
-
www.bancodeoccidente.com.co
Banco GNB Sudameris
-
3387300
www.gnbsudameris.com.co
Banco BBVA Colombia
BANCO BBVA
6343000
www.bbva.com.co
Banco Popular
ATH
6063456
www.bancopopular.com.co
Banco Colpatria
Banco Colpatria
3386161
www.colpatria.com
Banco Davivienda
-
6060800
www.davivienda.com
Bancos autorizados en Bogotá
Los bancos autorizados para efectuar pagos y declaraciones de los impuestos distritales son:
• Bancolombia
• Banco de Bogotá
• Banco Popular
• Banco Santander
• Banco Citibank
• Banco RBS Colombia
• Banco Davivienda
• Banco HSBC
• Helm Bank
• Banco BBVA Colombia
• Banco GNB Sudameris
• Banco Colpatria
• Banco de Occidente
Bancos autorizados fuera de Bogotá
Los bancos autorizados para efectuar pagos y declaraciones de los impuestos distritales en otras ciudades son:
BANCO DAVIVIENDA
En las siguientes sucursales:
• CALI, Vipasa
• BARRANQUILLA, Murillo
• MEDELLÍN, Junín
• MEDELLÍN, Rionegro
• BUCARAMANGA, Cabecera del Llano
• CARTAGENA, Principal
• MANIZALEZ, Principal
• SANTA MARTA, Principal
• PEREIRA, Principal
• IBAGUÉ, Principal
• IBAGUÉ, Girardot
• TUNJA, Plaza Real
• SOACHA, Unisur
• CHÍA, Chia
• ZIPAQUIRÁ, Zipaquirà
• CHÍA, Sabana Norte
• FUSAGASUGÁ, Fusagasugá
• FACATATIVÁ, Facatativá
BANCO DE BOGOTÁ
En las siguientes sucursales:
• FUNZA, Red Megabanco
• COTA
• FACATATIVÁ, Red Megabanco
• ZIPAQUIRÁ, Red Megabanco
• TABIO, Red Megabanco
• FUNZA
• MOSQUERA
• CHÍA, Red Megabanco
• MADRID, Red Megabanco
• VILLETA
• CENTRO CHÍA, Chía
• SOACHA, Red Megabanco
• FACATATIVÁ
• FUSAGASUGÁ
• FUSAGASUGÁ, Red Megabanco
• CAJICÁ, Red Megabanco
• LA MESA, Red Megabanco
• SIBATÉ
• ZIPAQUIRÁ
• COTA, Red Megabanco
• LA CALERA
Preguntas Frecuentes para pago de impuesto en bogota
1. Las placas de mi vehículo son de fuera de Bogotá. ¿Dónde puedo solicitar la liquidación?
RTA. En el lugar donde se encuentre matriculado el vehículo.
2. El vehículo me lo robaron hace 6 años y desde entonces no se pagó impuesto. ¿Debo pagar el impuesto sobre vehículos por dichos años?
RTA. Se debe declarar y pagar el impuesto por los últimos cinco años, sino se ha cancelado la matrícula; porque sólo con la cancelación de la matrícula cesa la obligación tributaria, independiente a las causas por las cuales el vehículo no se esté utilizando (robo, desaparición, pérdida total, decomiso, chatarrización etc
3. Pagué el Impuesto de mi vehículo de Chía en un formulario de Vehículos de Bogotá. ¿Qué hago?
RTA. Puede solicitar la devolución por pago de lo no debido, ante la Unidad de Cuentas Corrientes de la Dirección Distrital de Impuestos.
4. ¿En el impuesto sobre vehículos puedo hacer acuerdos de pago, pagos parciales o presentar la declaración en ceros?
RTA: En el impuesto sobre vehículos NO se puede hacer acuerdo de pago, ni pagos parciales ni presentar la declaración inicial en ceros; toda vez que las declaraciones no se pueden presentar sin acreditar la totalidad del pago porque se dan por no presentadas.
5. ¿Cómo se debe diligenciar el formulario único de impuesto sobre vehículos automotores si desea realizar un pago de acto oficial?
RTA. Para la vigencia 2010, los formularios adoptados por la SDH desaparecieron las opciones de uso, de tal forma que debe diligenciar en un formulario comercializable la parte correspondiente a información del vehiculo y la sección de pago. Sin embargo si lo que desea es corregir una declaración inicial y está en términos de hacerlo para acogerse a una reducción de sanción, debe comprar un formulario comercializable y diligenciarlo completamente liquidando los mayores valores de impuestos, sanciones e intereses.
6. Qué debo hacer cuando el avalúo comercial asignado a mi vehículo es muy elevado?
RTA: Puede solicitar la revisión del avalúo ante el Ministerio de Transporte, quien es el ente competente para fijarlo.
7. Vendí mi vehículo hace tres años y realicé un traspaso abierto. ¿Debo responder por el impuesto sobre vehículos?
RTA. La obligación tributaria recae tanto en cabeza del propietario como del poseedor de un vehículo; razón por la cual la Administración Tributaria puede exigir el pago del propietario como la persona que figura en el certificado de tradición del vehículo ó del poseedor.
8. ¿Para la vigencia 2010 existe algún descuento por haber trasladado mi cuenta de otro municipio a la ciudad de Bogotá?.
RTA. Según el Acuerdo Distrital 352 de 2008, para esta vigencia NO existe descuento por traslado de matrícula de otro municipio a la ciudad de Bogotá.
9. Si matrículo un vehiculo en la jurisdicción del Distrito Capital o traslado mi cuenta de otro municipio puede acogerme a algún tipo de descuento para el próximo año?
RTA. Los descuentos por matricula inicial o traslado de cuenta fueron eliminados mediante el acuerdo 352 de 2008, de tal suerte que solo puede acceder a descuento por pronto pago.
10. ¿Existe alguna limitación legal para no efectuar el descuento por pronto pago del 10% del impuesto sobre vehículos automotores por primera vez, si dicho pago se efectúa en febrero – por ejemplo – pagando 11 meses sobre el avalúo determinado para los vehículos 2010 es decir, el valor total que aparece en la factura de compraventa sin incluir el IVA?
RTA. Tiene derecho a descontarse el 10% del valor del impuesto si declara y paga dentro de la fecha limite para gozar de este beneficio es decir 26 de marzo de 2010.

Video Pago de Impuestos de Vehículos
Si desea, mayor información permítanos asesorarlo.
TecnoAutos no posee ningún vínculo o contrato con el Minisiterio Distrital de Hacienda ni tampoco es subsidiado por el mismo. Para visitar directamente el portal del ministerio distirtal de hacienda por favor ingrese a shd.gov.co
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sandra
13. jul, 2011
samadi
14. jul, 2011
sandra
14. jul, 2011
PLACA QEQ 344 DE POPAYAN
PROPIETARIO: GENTIL DUSSAN ORTIZ
año 2011
Daniel
14. jul, 2011
El numero de la placa es LAC224 modelo 1990, chevrolet samurai
Muchas gracias por su ayuda
diana
06. ago, 2011
francy
07. sep, 2011
Miguel Martinez
15. sep, 2011
Mary
20. sep, 2011
Mary
20. sep, 2011
alejandro hoyos
29. sep, 2011
nestor estrada
29. sep, 2011
german cortes cuellar
31. oct, 2011
Leonardo Tamara Silva
04. nov, 2011
karim buitrago
06. dic, 2011
Manuel Silva
14. dic, 2011
Según el reporte de pagos que me muestra la pagina de la SHD debo el año 2006, mi pregunta es como puedo realizar esta liquidación para realizar el pago por PSE o Internet, ya que el liquidador de impuestos solo muestra 2011,2010,2009,2008 y de hay para atrás ningún otro año.
De antemano agradezco tu respuesta.
Gracias
Nubia Nossa
03. ene, 2012
En que banco puedo realizar el pago por ventanilla?
Gracias.
Jairo Galeano
05. ene, 2012
leonidas lopez gonzalez
10. ene, 2012
DEBO PAGARLOS ?
SIN TENERLO DURANTO TODO ESTE TIEMPO ?
ESPERO SU RESPUESTA GRACIAS MI CORREO ES :
[email protected]
samadi
10. ene, 2012
leonidas lopez gonzalez
10. ene, 2012
debo pagar los impuestosde hace 10 años ?
que debo hacer ‘
gracias
FELIPE MENDEZ
12. ene, 2012
nestor
14. ene, 2012
mary
16. feb, 2012
yasmin
14. mar, 2012
Jaime Chaparro
16. mar, 2012
jhon castellano
16. mar, 2012
edwin
16. may, 2012
herman jairo zuluaga
31. may, 2012
gracias
matulor
06. jun, 2012
oscar
12. jun, 2012
guillermo hernadez
19. jun, 2012
RICHARD C HART
09. jul, 2012
ruben rincon
19. sep, 2012
deisy castro toloza
03. nov, 2012