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Acuerdos de Pago de Multas en Bogotá

Acuerdos de Pago por Multas a las Infracciones de Tránsito.

Los Acuerdos de Pago son arreglos de voluntades que permite a los ciudadanos obtener plazo para el pago de sus obligaciones derivadas de las multas impuestas por infracciones al Código Nacional de Tránsito en Bogotá, a través del pago por cuotas pactadas entre el deudor y la Secretaría Distrital de Movilidad. A partir de la notificación de la resolución del acuerdo y siempre y cuando el deudor cumpla con las cuotas pactadas, cesaran los intereses generados con ocasión de los comparendos impuestos con posterioridad al 16 de marzo de 2010.

Condiciones y precisiones generales para realizar un Acuerdo de pago:

  • Los acuerdos de pago solo proceden por deudas iguales o superiores a  quince (15) salarios mínimos diarios legales vigentes, es decir, $308.000, este monto mínimo, no debe incluir el valor de intereses causados.
  • Si el término de pago es igual o inferior a 12 meses el deudor  deberá acreditar el pago inicial de un porcentaje de la deuda, el cual será fijado por la Subdirección de Jurisdicción de Coactiva.
  • Si el término de pago es superior a 12 meses el deudor debe constituir garantía (bancaria o de compañía de seguros, real: hipoteca o prenda, fiducia en garantía, libranza o garantía personal,) a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad.
  • En el acuerdo de pago no se podrá incorporar obligaciones sobre las cuales hayan operado la prescripción, los ciudadanos con comparendos susceptibles de este fenómeno (deudas anteriores a 2007), deberá presentar inicialmente la solicitud de excepción en cualquiera de los SuperCADE donde presta servicios la Secretaría de Movilidad, una vez resuelta la solicitud de excepción,  podrá realizar el acuerdo de pago; esto conforme con lo establecido en el parágrafo 2°  del artículo 95 de la Ley 1450 de 2011.
  • El  acuerdo de pago sólo se puede realizar  por un término máximo de 60 meses y con cuotas mínimas de $82.133
  • Después de suscribir el acuerdo de pago el ciudadano debe cancelar la primera cuota dentro de los cinco (5) primeros días hábiles siguientes, si este pago no se realiza en la fecha establecida el acuerdo quedará anulado automáticamente.
  • Los pagos siempre deben realizarse dentro de las fechas establecidas en el acuerdo de pago, si no se paga en las fechas estipuladas se continuará o se iniciará el cobro coactivo y se perderán los beneficios del acuerdo de pago suscrito, adicionalmente se cobraran los intereses mora correspondientes.
  • El Acuerdo de Pago se debe realizar personalmente o a través de un abogado con poder autenticado ante notario.
  • Una persona que tiene nuevas obligaciones se le podrá otorgar una nueva  facilidad de pago siempre y cuando se encuentre al día. Así las cosas no se podrán otorgar  facilidades de pago a los ciudadanos que ya tengan un acuerdo de pago y se encuentre en mora, salvo que se subsane el incumplimiento, es decir, cancelar el saldo total del valor adeudado. Lo anterior, conforme con lo señalado en el numeral 6º del artículo 2º de la ley 1066 de 2006.
  • Si desea incluir comparendos vigentes, es decir que se encuentren dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la imposición si se trata de detección física o día treinta y seis (36) o cuarenta y cuatro (44)  hábiles siguientes según el medio de notificación empleado respecto a la imposición de comparendos electrónicos, le sugerimos acudir únicamente al SuperCADE de Movilidad, toda vez que previo al acuerdo, se deberá aceptar inicialmente la sanción impuesta.
  • Si el deudor  y/o  codeudor  se encuentran reportados ante el Boletín de Deudores de Morosos del Estado (BDME) por deudas de comparendos,  deberá cancelar la totalidad del valor adeudado  y/o si esta reportado por otra entidad por el incumplimiento de acuerdos de pago debe abstenerse de celebrar acuerdo de pago, salvo que subsane el incumplimiento y la Contaduría General de la Nación expida la correspondiente certificación (Ley 1066 artículo 2 numeral 6).

Procedimiento para realizar un acuerdo de pago:

  1. Acuda a uno de los siguientes puntos de atención:SuperCADE Américas
    SuperCADE Movilidad
    SuperCADE Suba
    SuperCADE 20 de Julio
  2. Presente los siguientes documentos y/o requisitos:
      • Cédula de ciudadanía con holograma amarillo, tarjeta de identidad, contraseña o comprobante de documento en trámite junto con el  certificado de estado de cédula de ciudadanía que podrá ser descargado gratuitamente de la página de la Registraduría Nacional del Estado Civil, cédula de extranjería o pasaporte. Estos dos últimos si se trata de ciudadano extranjero.
      • Si tiene comparendos impuestos antes del primero (1) de enero de 2007 y no ha presentado las excepciones, deberá radicar dicha solicitud y esperar respuesta. No obstante si usted ya presentó la solicitud,  deberá acercarse a cualquiera de los puntos de atención a fin de ser notificado del respectivo acto administrativo que resolvió su solicitud, para poder realizar el acuerdo.
      • Si ya presentó la solicitud de excepción, presentar preferiblemente la constancia del radicado de dicha solicitud.
      • Llevar garantía en los casos establecidos  o codeudor, quien a su vez debe presentar original y fotocopia de su cédula de ciudadanía, para formalizar los documentos requeridos en el acuerdo de pago.
      • Información de dos referencias personales y familiares indicando dirección de ubicación y teléfono.
  3. Realice el pago dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes en las Sucursales del Banco de Occidente ySucursales del Banco Caja Social , inclusive a nivel nacional, empleando el volante de pago entregado en el punto de contacto en el cual realizó la solicitud del acuerdo de pago.
  4. Al tercer día hábil siguiente de haber realizado el pago de la primera cuota, preséntese en los siguientes puntos habilitados por la Secretaría  Distrital de Movilidad, para notificarse de la resolución del acuerdo de  pago.SuperCADE Américas
    SuperCADE Movilidad
    SuperCADE Suba
    SuperCADE 20 de Julio

Para los pagos de las siguientes cuotas, usted podrá obtener el volante de pago a través de los siguientes medios:

  • Página web de la Secretaría Distrital de Movilidad ingresando al link Consulta Acuerdos de Pago y pago de Comparendos
  • Puntos de atención:
    SuperCADE 20 de Julio
    SuperCADE Suba
    SuperCADE Américas
    SuperCADE Movilidad
    Puntos Integrales De Trámites Y Servicios – Pits
    CADE Virtual

    RECUERDE: Utilizar únicamente impresora laser

    • Los volantes deben ser cancelados en la misma fecha en que se genera su impresión, toda vez que el código de barras registra la fecha de expedición, la  cual debe coincidir con la fecha en que se efectúa el pago.
    • Usted también podrá cancelar las cuotas de su acuerdo de pago  a través del Proveedor de Servicios Electrónicos, ingresando a la página web de la Secretaría de Movilidad Módulo de Multas, comparendos y acuerdos de pago o a través de tarjeta crédito Visa, Master Card y American Express y todas las tarjetas debito, únicamente en la sucursal de Occidente, ubicada en el SuperCADE de Movilidad.
    • Si usted tiene un acuerdo de pago en mora podrá realizar Reestructuración – Modificación de las condiciones de plazo, (para los que tienen acuerdo en mora) y que no estén reportados en el Boletín de Deudores Morosos del Estado. Si están reportados solo podrán realizar la Normalización, esta opción consiste en el pago de cuotas atrasadas más los intereses causados en un solo pago y continúan con el beneficio del 50% siempre y cuando haya realizado el curso hasta el 16 de diciembre de 2012, para ésta opción podrán imprimir el volante de pago por la página web, recibo que liquidará lo adeudado hasta la fecha de impresión del volante.

    Si el acuerdo de pago que tiene en mora estaba diferido 60 cuotas deben acercarse únicamente al SuperCADE Movilidad

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